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La partería en el Estado posrevolucionario: La creación del Reglamento General de Profesiones, Ciudad de México 1931-1945

Thu, May 28, 6:00 to 7:45pm, TBA

Abstract

El gobiernos posrevolucionarios Mexicano impulsó una serie de discursos cuyo común denominador fue el de alcanzar el bienestar social. En éste período la familia, la reproducción y la maternidad cobraban una gran importancia en tanto que se les consideraba las bases sobre las cuales se iba a reconstruir la nación. En este afán de reconstrucción el Estado exaltó la imagen de la “madre mexicana” que tenía la obligación de proporcionar descendencia sana y fuerte, desembocando en una serie de políticas enfocadas en la vigilancia, concientización y reeducación de las mujeres en lo referente al cuidado de sus hijos.
De esta forma, el ojo del Estado no sólo se enfocaba en las madres, también en las parteras. Estas mujeres eran consideradas posibles transgresoras del ideal de maternidad debido a que, en muchas ocasiones no contaban con conocimientos científicos que en la época especialistas consideraban necesarios para asistir a sus pacientes, de ahí que en varias situaciones sus intervenciones provocaran la muerte de la madre o el bebé. Eran en general consideradas charlatanas pues se pensaba que no contaban con la ética profesional que un médico podría tener en estas cuestiones.
Por esta razón es que tanto médicos, como criminólogos alentaran una campaña de desprestigio, que tuvo eco en la cámara de legisladores, en contra del oficio de partera. Esta iniciativa de desacreditación de la partería tenía la finalidad de acotar, o en su defecto regular, los espacios de actividad de las practicantes para evitar la mortalidad infantil y castigar las posibles conductas criminales de estas mujeres.
La Ley Reglamentaria de las Profesiones en el Distrito y Territorios Federales fue discutida y aprobada en diciembre de 1943. Este Reglamento fue la forma más viable de controlar el ejercicio del oficio ya que durante años se había tratado de evitar que las madres acudieran con las parteras, sin mucho éxito, y en realidad no había ley alguna que castigara a las parteras por ejercer sus servicios sin certificación. Con la incorporación de la partería y la enfermería al Reglamento se podía castigar penalmente a las mujeres que sin certificación atendieran embarazos y alumbramientos.

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