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El conjunto de condiciones, relaciones y contradicciones socioeconómicas y políticas que caracte¬rizan la estructura y funcionamiento del sector agrario, se concretan en un plano práctico, en diferentes aspectos de interés, entre ellos: en la distribución de la tierra, la justicia social en los campos, el bienestar y el progreso social, los niveles de vida, la realización de los derechos fundamentales de la población rural, la produc¬ción y la productividad de la actividad agropecuaria, la conservación, aprovechamiento y aumento de los recursos del suelo, que en el contexto de los países subdesarrollados por tiene formas inhumanas y atrasadas de explotación de la tierra, bajos niveles de vida en la pobla¬ción rural, insuficiente producción agroalimentaria, etc. En Cuba, los principios del Derecho Agrario cubano son los que determinan el carácter de la regulación jurídica, sobre la base de las relaciones de producción existentes. En la Ley No. 3 de 10 de octubre de 1958, se establecieron ya los principios que han marcado las pautas del desarrollo del Derecho Agrario en Cuba, y que mantuvieron las Leyes de reforma Agraria y todas las normas dictadas para su mejor aplicación, entre ellos el principio de que la tierra es para el que la trabaja, constituye un principio fundamental. En este sentido nos proponemos definir qué entendemos por función social de la tierra, desde un punto de vista científico-doctrinal. Además, estudiar la regulación normativa y puesta en práctica de la función social de la tierra a través de los sujetos del Derecho Agrario.